COMO AFILIARSE
 


Para vincularse a FODESEP, el representante legal de la Institución de Educación Superior interesada debe solicitar su afiliación, mediante comunicación escrita dirigida al Consejo de Administración en la que manifieste el compromiso de pago del aporte social de acuerdo con la tabla de aportes en SMMLV, acompañada de los siguientes documentos:

* Certificado de existencia y representación legal expedido por la Subdirección de Vigilancia Administrativa de la Educación Superior, Ministerio de Educación Nacional. (función según Decretos 2230, 2232 y 2285/03)

* Autorización para la afiliación otorgada por el organismo competente (Consejo Superior/Directivo) de la Institución interesada

* Estados financieros del año inmediatamente anterior (Con base en los cuales se calculan los aportes) tomando como base los ingresos corrientes

* Breve reseña histórica de la Institución

El aporte social ordinario se pagará así: el veinticinco por ciento en el momento de la afiliación y el setenta y cinco por ciento restante en un plazo de hasta tres años contados a partir de la fecha de afiliación, en cuotas semestrales iguales liquidadas en salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de pago.

Hasta 8.500

100

Más de 8.500 hasta 17.000

200

Más de 17.000 hasta 25.000

300

Más de 25.000 hasta 34.000

400

Más de 34.000 hasta 42.500

500

Más de 42.500 hasta 51.000

600

Más de 51.000 hasta 59.500

700

Más de 59.500 hasta 68.000

800

Más de 68.000 hasta 76.500

900

Más de 76.500 hasta 85.000
1.000

Más de 85.000

  1.100

 

Con el propósito de flexibilizar y hacer más eficiente el esquema de aportación de las IES que decidan incrementar la base social del Fondo, la XII Asamblea General Ordinaria aprobó la reforma del artículo 23 de los Estatutos Sociales, cuyo texto definitivo se estableció en los siguientes términos:

Al ingreso a FODESEP cada entidad afiliada suscribirá y pagará los aportes sociales ordinarios que le correspondan, de contado, o de acuerdo con las condiciones establecidas en el presente artículo.

El aporte social se determinara en salarios mínimos mensuales legales vigentes, de acuerdo con la siguiente tabla:


 

INGRESOS CORRIENTES SMMLV
APORTES EN SMMLV
PLAZO
CUOTA INICIAL
AÑOS PARA PAGO
FORMA
Hasta 8.500
100
10%
3
Semestral
de 8.501 a 17.000
200
10%
3
Semestral
de 17.001 a 25.000
300
10%
3
Semestral
de 25.001 a 34.000
400
10%
5
Semestral
de 34.001 a 42.500
500
10%
5
Semestral
de 42.501 a 51.000
600
10%
5
Semestral
de 51.001 a 59.500
700
10%
5
Semestral
de 59.501 a 68.000
800
10%
7
Trimestral
de 68.001 a 76.500
900
10%
7
Trimestral
de76.501 a 85.000
1.000
10%
7
Trimestral
más de 85.001
1.100
10%
7
Trimestral


Los ingresos corrientes que se tendrán en cuenta para calcular los aportes sociales serán los correspondientes al año inmediatamente anterior al de la afiliación a FODESEP.

El pago del aporte social ordinario podrá hacerse de acuerdo con los plazos y la periodicidad establecidos en la tabla.

La cuota inicial se pagará en el momento de la afiliación. El vencimiento de la primera cuota periódica se contará a partir de la fecha de pago total de la cuota inicial.

El Consejo de Administración podrá conceder plazo para el pago total de las cuotas, el cual podrá ser prorrogado por una sola vez por un termino igual al anterior, sin que estos excedan el termino de tres (3) años.



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